Constitutional Court grants free legal aid to naval officer seeking amparo against criminal judgment.
Sintesi Legislator
Generato dall'IAThe Constitutional Court granted the applicant's request for free legal aid in his amparo proceeding. The applicant, a naval officer, argued for reduced costs based on his income, which the court found insufficient to justify full payment. Consequently, the court applied the relevant civil procedure law to award him the benefit of poverty.
Regesto Legislator
Generato dall'IAArt. 14 Ley de Enjuiciamiento Civil; The court may grant free legal aid to an amparo applicant when their professional income falls below the threshold for full payment of costs.
Parole chiave
Generato dall'IADisposizioni normative citate
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Generato dall'IATesto completo
Sección Tercera. Auto 915/1985, de 18 de diciembre de 1985. Recurso de amparo 347/1985. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor en el recurso de amparo 347/1985
La Sección ha examinado la pieza de justicia gratuita del recurso de amparo promovido por don Juan Vicente Gómez Pascual.
AUTO
I. Antecedentes
1. El día 23 de abril pasado tuvo entrada en este Tribunal un escrito en el que don Juan Vicente Gómez Pascual solicitaba la designación de Abogado y Procurador a fin de interponer recurso de amparo contra Sentencia dictada en juicio de faltas por el Juzgado de Distrito núm. 1 de Almería con fecha 25 de marzo de 1983.
2. Por providencia de 12 de junio se recabó el nombramiento de Abogado y Procurador de oficio y por otra de 10 de julio se requirió a los ya designados para que formalizasen las demandas de amparo y justicia gratuita, lo que realizaron, formándose pieza separada para sustanciar la segunda y en la que, por providencia de 13 de noviembre se acordó oir al Letrado del Estado y al Ministerio Fiscal acerca de la concesión del beneficio solicitado, habiendo mostrado ambos su conformidad a tal concesión.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
De la reducida fundamentación de la demanda de justicia gratuita y justificación ofrecida aparece que el demandante percibe los ingresos propios de su profesión de Cabo de la Armada Española sin que conste que tenga otros, por lo que se halla comprendido en el supuesto previsto en el art. 14 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Por lo expuesto la Sección acuerda otorgar a don Juan Vicente Gómez Pascual el beneficio de gratuidad para litigar en el presente recurso de amparo.
Madrid, a dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.