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BOA-d-2006-90022 ES

Artículo 9 Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Ley 2006-06-22 BOA-d-2006-90022
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Artículo 9

Artículo 9. Principios de equivalencia y de capacidad económica.

1. El importe líquido de las tasas no podrá exceder en su conjunto del valor real del uso privativo o del aprovechamiento especial del dominio público, ni del coste previsto o real del servicio, o, en su caso, del valor agregado por la actividad de la Administración, cuya prestación o realización constituye su hecho imponible. A tales efectos, deberá tenerse en consideración lo previsto en el artículo 14 y en la memoria económico-financiera exigida en el artículo 15.

2. En la fijación de la cuantía de las tasas se tendrá en cuenta, en cuanto lo permitan las características del tributo, la capacidad económica de los obligados a satisfacerlas.

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