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AUTO 434/1985 ECLI:ES:TC:1985:434A Généré par l'IA

Constitutional Court grants free legal aid to insolvent prisoner filing a constitutional protection appeal.

Numéro de cause AUTO 434/1985
Autorité / Tribunal
Juridiction Espagne (ES)
Date de la décision
Issue du litige Admis (Allowed)

Synthèse Legislator

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The Tribunal Constitucional granted the incidental request for free legal aid to the applicant, Roberto Goyanes Fernández. The court found that the applicant was insolvent, imprisoned, and lacked assets or income, meeting the criteria of Article 14 of the Civil Procedure Law. Consequently, the court awarded the benefit of poverty to allow him to litigate the constitutional protection appeal without cost.

Regeste Legislator

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Art. 14 Ley de Enjuiciamiento Civil; The Constitutional Court must grant free legal aid to applicants who are insolvent, imprisoned, and lack means, as these conditions constitute the statutory presumption of poverty for incidental requests.

Mots-clés

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free legal aid insolvency prisoners rights constitutional protection poverty benefit incidental request civil procedure law demande tardive de prolongation

Dispositions légales citées

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Art. 14 Ley de Enjuiciamiento Civil
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Texte complet

Sección Cuarta. Auto 434/1985, de 3 de julio de 1985. Recurso de amparo 61/1985. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor en el recurso de amparo 61/1985

La Sección ha examinado la pieza incidental de justicia gratuita del recurso de amparo promovido por don Roberto Goyanes Fernández.

AUTO

I. Antecedentes

1. En 28 de enero pasado, don Roberto Goyanes Fernández solicitó de este Tribunal que se le nombrase Abogado y Procurador de oficio para formalizar un recurso de amparo, acordándose por providencia de 27 de febrero el nombramiento solicitado; efectuado el cual, por otra providencia de 10 de abril se dispuso que los colegiados designados formalizasen las demandas de amparo y gratuidad, lo que efectivamente realizaron.

2. Formada pieza separada para sustanciar la pretensión incidental de gratuidad se acordó oír al Ministerio Fiscal y al Abogado del Estado quienes nada han opuesto a la concesión del beneficio solicitado.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

De la demanda incidental de justicia gratuita y de los documentos acompañados a la solicitud de amparo aparece que el solicitante fue declarado insolvente en el previo proceso judicial, hallándose en prisión y careciendo de bienes y de ingresos; se halla, por tanto, ostensiblemente incluido en el supuesto previsto en el art. 14 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por lo expuesto, la Sección acuerda otorgar a don Roberto Goyanes Fernández el beneficio de gratuidad para litigar en este proceso de amparo.

Madrid, a tres de julio de mil novecientos ochenta y cinco.