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AUTO 915/1985 ECLI:ES:TC:1985:915A AI-structured

AUTO 915/1985 — AUTO 915/1985 — Tribunal Constitucional

Case Number AUTO 915/1985
Court / Authority
Decision Date
Jurisdiction Spain — Case Law (ES)

Decision Summary (Facts, Holding & Outcome)

AI-structured

Sección Tercera. Auto 915/1985, de 18 de diciembre de 1985. Recurso de amparo 347/1985. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor en el recurso de amparo 347/1985 La Sección ha examinado la pieza de justicia gratuita del recurso de amparo promovido por don Juan Vicente Gómez Pascual. AUTO I. Antecedentes 1. El día 23 de abril pasado tuvo entrada en este Tribunal un escrito en el que don Juan Vi...

Headnote / Official Regeste

AI-structured
Sección Tercera. Auto 915/1985, de 18 de diciembre de 1985. Recurso de amparo 347/1985. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor en el recurso de amparo 347/1985 La Sección ha examinado la pieza de justicia gratuita del recurso de amparo promovido por don Juan Vicente Gómez Pascual. AUTO I. Antecedentes 1. El día 23 de abril pasado tuvo entrada en este Tribunal un escrito en el que don Juan Vi...

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Full Text of the Judgment — AUTO 915/1985

Sección Tercera. Auto 915/1985, de 18 de diciembre de 1985. Recurso de amparo 347/1985. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor en el recurso de amparo 347/1985

La Sección ha examinado la pieza de justicia gratuita del recurso de amparo promovido por don Juan Vicente Gómez Pascual.

AUTO

I. Antecedentes

1. El día 23 de abril pasado tuvo entrada en este Tribunal un escrito en el que don Juan Vicente Gómez Pascual solicitaba la designación de Abogado y Procurador a fin de interponer recurso de amparo contra Sentencia dictada en juicio de faltas por el Juzgado de Distrito núm. 1 de Almería con fecha 25 de marzo de 1983.

2. Por providencia de 12 de junio se recabó el nombramiento de Abogado y Procurador de oficio y por otra de 10 de julio se requirió a los ya designados para que formalizasen las demandas de amparo y justicia gratuita, lo que realizaron, formándose pieza separada para sustanciar la segunda y en la que, por providencia de 13 de noviembre se acordó oir al Letrado del Estado y al Ministerio Fiscal acerca de la concesión del beneficio solicitado, habiendo mostrado ambos su conformidad a tal concesión.

II. Fundamentos jurídicos

Único. De la reducida fundamentación de la demanda de justicia gratuita y justificación ofrecida aparece que el demandante percibe los ingresos propios de su profesión de Cabo de la Armada Española sin que conste que tenga otros, por lo que se halla comprendido en el supuesto previsto en el art. 14 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por lo expuesto la Sección acuerda otorgar a don Juan Vicente Gómez Pascual el beneficio de gratuidad para litigar en el presente recurso de amparo.

Madrid, a dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.