Legislator Rechtsprechung & Gesetzgebung
AUTO 777/1985 ECLI:ES:TC:1985:777A KI-generiert

Constitutional Court grants free legal aid to indigent prisoner seeking amparo against criminal appeal.

Geschäftsnummer AUTO 777/1985
Gericht / Behörde
Rechtsordnung Spanien (ES)
Entscheiddatum
Ausgang Gutgeheissen (Allowed)

Legislator-Zusammenfassung

KI-generiert

The Constitutional Court granted the applicant's request for free legal aid in his amparo proceeding. The applicant, an imprisoned individual, demonstrated insolvency and lack of income, meeting the criteria for legal assistance under civil procedure law. The court approved the benefit based on these financial facts and the absence of any opposing arguments regarding his eligibility.

Legislator-Regeste

KI-generiert

Art. 14 Ley de Enjuiciamiento Civil; The Constitutional Court may grant free legal aid to an amparo applicant who proves insolvency and lack of income, ensuring access to justice for indigent prisoners.

Schlagwörter

KI-generiert
free legal aid indigent prisoner amparo proceeding insolvency proof access to justice Nachweis des Anspruchs auf Prozesskostenhilfe Recht auf einen Verteidiger fehlende Legitimation der Staatsanwaltschaft

Zitierte Gesetzesbestimmungen

KI-generiert
Art. 14 of the Civil Procedure Law
KI-generiert

Fragen Sie sich, wie dieser Entscheid auf Ihren Fall anwendbar ist?

Prüfen Sie diesen Entscheid zusammen mit Bundesrecht, kantonalen Erlassen, Kommentaren und Folgeentscheiden in Legislator AI.

Fall in Legislator öffnen →

Volltext

Sección Cuarta. Auto 777/1985, de 13 de noviembre de 1985. Recurso de amparo 92/1985. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor en el recurso de amparo 92/1985

La Sección ha examinado la pieza de justicia gratuita del recurso promovido por don Juan Ignacio Quintana Montero.

AUTO

I. Antecedentes

1. Don Juan Ignacio Quintana Montero dirigió a este Tribunal un escrito, que tuvo entrada el día 7 de febrero pasado, expresando su voluntad de interponer recurso de amparo en relación a la indefensión padecida en un recurso de casación penal, y pidiendo que le fuesen nombrados Abogado y Procurador de oficio.

2. Por providencia de 6 de marzo se acordó recabar del señor Quintana una relación circunstanciada de los hechos en que funda el amparo acompañando los documentos correspondientes, así como que justificase haber gozado del beneficio de justicia gratuita en la vía judicial previa.

El solicitante de amparo remitió escrito y certificación de Sentencia relativa a los hechos a que el amparo se refiere y por providencia de 17 de abril se recabó el nombramiento de Abogado y Procurador, que el señor Quintana tenía interesado.

3. Nombrados que le fueron Abogado y Procurador de oficio, por providencia de 5 de junio se acordó otorgar a los designados un plazo de veinte días para que formalizasen las demandas de amparo y justicia gratuita, lo que efectivamente realizaron acordándose en 25 de septiembre, respecto de la segunda, formar pieza separada para sustanciar la petición incidental, y oír al Letrado del Estado y al Ministerio Fiscal sobre la concesión del beneficio solicitado, habiendo mostrado ambos su conformidad a tal concesión.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

En las actuaciones figuran sendas certificaciones de Sentencias de las Audiencias Provinciales de León y de Vitoria, de las que aparece la insolvencia del solicitante de amparo, el cual se halla en prisión sin que conste que tenga ingresos de clase alguna, por lo que se halla comprendido en el supuesto previsto en el art. 14 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por lo expuesto, la Sección acuerda otorgar a don Juan Ignacio Quintana Montero el beneficio de justicia gratuita para litigar en el proceso de amparo a que la presente pieza incidental se refiere.

Madrid, a trece de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco.